Continuaba ayer el II Congreso sobre Delitos de Odio y Discriminación, en su segunda sesión virtual, coincidente, según destacaba Carmen Santiago, Presidenta de Kamira, con el Día Internacional de Conmemoración del Holocausto, en el que se rinde tributo a la memoria de las víctimas del Holocausto y la sociedad ratifica su compromiso de luchar contra el antisemitismo, el racismo y toda otra forma de intolerancia que pueda conducir a actos violentos contra determinados grupos humanos.
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La primera intervención corría a cargo de Raquel Muñoz, Fiscal delitos de odio de la fiscalía provincial de Madrid, que definía éstos como “una serie de comportamientos variados que se encuentran en el código penal y que son susceptibles de conductas agravadas cuando el autor ha realizado el delito por razones antisemitas o racistas u otros motivos, lo que es el punto de partida de la discriminación.” Muñoz señaló que, aunque en el Código Penal Español no existe una definición de lo que es el delito de odio, se puede decir que es toda aquella conducta de un sujeto que se da por un motivo de discriminación, en una acción en la que la dignidad de la persona, se ve afectada, y atacada, considerándose un ataque al orden público y a la paz de la sociedad. Estas actuaciones suelen producirse motivadas por un prejuicio e intolerancia a un colectivo, y no solo se ataca directamente a la víctima, sino que tiene un efecto directo a todo un colectivo.” El odio no es un sentimiento <prohibible>, pero si debe ser perseguido cuando su exteriorización genera un ataque contra el honor y seguridad de una persona y colectivo, siendo esto lo que se señala como punible en nuestro Código Penal. Raquel Muñoz destacó la labor por parte de las asociaciones y la presión internacional, que ha hecho posible la visibilización de estos hechos, lo que ha llevado a disponer de herramientas para investigar y percibir muchas denuncias “escuchando a las víctimas, lo que nos cuentan, lo que perciben tanto en el lenguaje físico como verbal, recabando los datos externos, para poder avanzar e identificar estos delitos de odio que hasta hace poco han estado banalizados.”
En esta segunda sesión intervino también Miguel Angel Aguilar García, Fiscal Coordinador del Servicio de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía Provincial de Barcelona, que subrayó que “no todo lo odioso es delito de odio pero libertad de expresión no es libertad de agresión” Aguilar apunto los diversos instrumentos que existen para hacer frente a estos delitos de odio, desde mecanismos internacionales a nacionales. En su intervención, Aguilar explicó que el Código Penal establece los motivos de odio en algunos puntos a grupos minoritarios o desfavorecidos, pero protege también a diversos otros grupos, por lo que es un tema muy delicado. El Fiscal explicó cómo “el comportamiento despectivo o degradante para un grupo de personas no está amparado por libertad de expresión. La libertad de expresión ha de ceder ante expresiones vejatorias, ultrajantes, intimidatorias o amenazantes como la que se vierten en función de razones discriminatorias, como étnicas, religiosas, sexuales, ideológicas, etc… o que conlleven una exclusión política, social, cultural o racial, englobable dentro del “discurso de odio”. Miguel Angel Aguilar se refirió a numerosa jurisprudencia que puso a disposición de los asistentes para su utilización ante los tribunales.
Carlos Morán, de la oficina de delitos de odio del Ministerio del interior, destacó la estrecha colaboración que se produce con las organizaciones como Kamira, dando voz a víctimas de delitos de odio para que puedan aportar su testimonio, mejorando la asistencia a víctimas a partir de esta experiencia. Destacó que “organizaciones como Kamira llevan muchos años trabajando y colaboramos estrechamente porque creemos que es vital en el desarrollo de nuestro trabajo”. Enfatizó cómo en el informe de 2019 sobre delitos de odio de su oficina se recoge por primera vez como motivo el antigitanismo. Morán se mostró preocupado por el incremento del discurso de odio en redes sociales, razón por la que desde el Ministerio del Interior se realizan campañas de sensibilización, se trabaja en herramientas en RRSS que permitan identificar más automáticamente estos delitos y actitudes y se trabaja con plataformas como Twitter para que faciliten información relacionada con estos actos en casos de denuncia.
Roberto Valverde, Fiscal Delegado de Criminalidad Informática de la Fiscalía Provincial de Barcelona puso el acento en las dificultades de prueba que tienen los delitos producidos en las redes o por medios on line, reñalando los avances en la regulación y las reformas acometidas en la legislación para obtener mejores resultados en esta lucha, que gana importancia año a año.
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